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¿Cuánto cuesta traspasar una propiedad en Costa Rica?
Qué gastos esperar y quién los paga
Equipo DueñoVende · 5 de noviembre de 2026 · 2 min de lectura
Vender o comprar directamente te permite evitar una comisión de intermediación, pero el traspaso sigue teniendo costos. Conocerlos desde el inicio te ayuda a negociar mejor y a evitar sorpresas el día de la firma.
1. Impuesto de traspaso: 1,5 %
La Ley 6999 fija un impuesto de 1,5 %. Se calcula sobre el valor indicado en la escritura, aunque la administración tributaria puede ajustarlo y no debería quedar por debajo del valor registrado en sus archivos.
La ley indica que transmitente y adquirente pagan cada uno la mitad y responden de forma solidaria. Debe pagarse dentro de los tres meses siguientes a la fecha de la escritura.
Ejemplo: si el valor de cálculo es ₡50 000 000, el impuesto es ₡750 000. Dividido en partes iguales, cada parte paga ₡375 000.
2. Timbres e inscripción
Además del impuesto, el traspaso lleva timbres y costos de inscripción en el Registro Nacional. Algunos dependen del valor de la propiedad y otros son montos fijos. Por eso conviene que tu notario te dé el detalle según tu caso.
3. Honorarios del notario
Los honorarios suelen calcularse por tramos según el valor de la operación, y a ese monto se le suma el IVA. Pide una cotización por escrito antes de avanzar y asegúrate de que incluya honorarios, timbres, impuestos e inscripción.
¿Quién paga cada gasto?
El impuesto se reparte por ley entre ambas partes, y en la práctica los gastos de cierre también suelen dividirse. Si van a hacerlo de otra forma, déjenlo por escrito antes de firmar la escritura.
Otros costos que pueden aparecer
• Cancelación de una hipoteca, si la propiedad tiene una.
• Formalización de un crédito, si el comprador usa financiamiento.
• Avalúo o inspección técnica.
• Certificaciones del Registro Nacional.
Cómo evitar sorpresas
• Pide el desglose completo antes de firmar la promesa de compraventa.
• Define quién paga cada gasto.
• Revisa que los impuestos municipales estén al día.
• Confirma con el notario el monto final antes del cierre.
Los montos pueden cambiar. Este artículo es informativo y no sustituye la asesoría de un notario o abogado.
